Hoy miércoles 4 de octubre, el presidente Luis Manuel Rincón ha comunicado el inicio del proceso electoral para elegir nuevo presidente, cuya votación será el martes 7 de noviembre.
A continuación, ofrecemos una información que recogen los Estatutos del club con los aspectos más importantes de este proceso electoral, en cuanto a los órganos que intervienen, requisitos de las candidaturas, plazos del proceso, voto por correo y pasos a seguir a partir de este momento.
Convocatoria de elecciones
Tal y como marcan los estatutos de la Unión Deportiva Melilla, el inicio del proceso electoral se producirá como consecuencia de la aplicación del artículo 46 y corresponde al presidente de la entidad la convocatoria de las elecciones.
Adoptada esta decisión, hoy mismo se publicará la convocatoria a elecciones a presidente, la composición de la Junta Electoral y el calendario y censo electoral en las oficinas del club.
Desde ese momento, la Junta directiva se constituirá en Comisión Gestora, permaneciendo como tal hasta la finalización del proceso electoral, tal y como se recogen en los vigentes estatutos.
Junta Electoral
Según recogen los estatutos de la Unión Deportiva Melilla, la Junta Electoral es el órgano encargado de velar por la legalidad del proceso electoral y está compuesta por tres miembros, elegidos por sorteo efectuado por la Junta Directiva entre los miembros del censo electoral.
Su potestad es la de atender a las posibles reclamaciones que se presenten sobre todos los actos del proceso electoral, así como sus resoluciones.
Censo Electoral
Ninguna persona podrá estar incluida en el censo electoral si no es socio/a de la Unión Deportiva Melilla.
Por tanto, y según los Estatutos del Club, los requisitos para que un socio/a debe cumplir para ser incluido en el Censo Electoral son:
- Antigüedad mínima de dos años como socio/a del Club.
- Tener cumplido los dieciocho años.
- Estar en pleno uso de los derechos civiles.
- No estar inhabilitado en ninguna disciplina deportiva.
- No haber sido inhabilitado para el desempeño de cargo público.
Además, cualquier socio/a dispone de tres días hábiles desde la presentación del Censo Electoral para realizar cualquier tipo de reclamación ante la Junta Electoral. Una vez resueltas las reclamaciones, el censo será firme y no podrán realizarse impugnaciones.
Requisitos para presentar candidatura a presidente
Las candidaturas que deseen optar a la Presidencia deberán cumplir igualmente, con los siguientes requisitos exigidos en los estatutos vigentes y dispondrán de 15 días hábiles desde que el censo electoral haya adquirido firmeza:
- Para poder ser candidato a presidente de la Unión Deportiva Melilla será requisito indispensable estar incluido en el Censo Electoral.
- Las candidaturas presentadas estarán compuestas, al menos, por presidente, vicepresidente, secretario general y cinco vocales.
- Si algún miembro de la Comisión Gestora presenta su candidatura a presidente, deberá presentar simultáneamente su dimisión como miembro de la misma.
Proclamación de presidente y Junta Directiva
Con el Censo Electoral en firme y cumplidos los 15 días hábiles para la presentación de candidaturas, el 25 de octubre, en caso de existir una única candidatura válida, sus integrantes quedarán proclamados en ese momento, sin más, como ganadora.
En caso de concurrir más de una candidatura válida se dará comienzo al proceso de votación, cuya fecha está fijada para el 7 de noviembre y a la que podrán concurrir todos los socios/as incluidos en el Censo Electoral. Además, se podrá solicitar el voto por correo, según marcan los Estatutos.
Una vez concluido el proceso de votación, se procederá al recuento y se proclamará ganadora a la candidatura que más votos obtuviese.
CALENDARIO ELECTORAL